INVITACION A PRESENTAR PROPUESTAS PARA EL MANEJO TIENDA ESCOLAR 2024
INVITACIÓN A PRESENTAR OFERTAS PARA LA CONTRATACION MEDIANTE CONCESION DE LA TIENDA ESCOLAR VIGENCIA 2024.
LA INSTITUCION EDUCATIVA COLEGIO ANTONIO NARIÑO, del Municipio de San José de Cúcuta través de la Rectoría y Pagaduría, invita a toda la comunidad en general a participar de la invitación a ofertar , para que dentro del marco del artículo 17 del Decreto 4791 de 2008, articulo 13 de la ley 715 de 2001, el Decreto 4807 de 2011, el Decreto 2516 de 2011 y dentro de la reglamentación de la contratación de esta Institución Educativa, presenten propuestas para adjudicar mediante la modalidad de Concesión, el espacio físico para funcionamiento de tienda escolar año 2023, teniendo en cuenta las siguientes especificaciones:
OBJETO: La Institución Educativa Colegio Antonio Nariño está interesada en recibir propuestas para la prestación del servicio de Tienda Escolar en la Sede Principal y Sede Nuestra Señora de Lourdes, correspondiente al año lectivo 2024.
MODALIDAD: El contrato se suscribirá bajo la modalidad de contratación según el Reglamento del Consejo Directivo, con precios unitario fijos sin lugar a reajustes.
NECESIDAD: Se hace necesario organizar el servicio de la Tienda Escolar, para atender las necesidades de estudiantes y docentes de LA INSTITUCION EDUCATIVA COLEGIO ANTONIO NARIÑO.
La institución educativa dentro de su organización no puede atender por sí misma este requerimiento, por lo cual, es necesario recurrir a la estrategia de contratación de la prestación del servicio por personal externo.
OPORTUNIDAD: Para que toda la comunidad tenga la misma oportunidad de acceder a este beneficio, se debe establecer un mecanismo de selección equitativo no excluyente. Es oportuno establecer un procedimiento de adjudicación que ampare por igual y de las mismas oportunidades de contratar a la comunidad que quiera participar en el proceso.
SOPORTE ECONOMICO DEL VALOR ESTIMADO: Conviene que la persona o personas que presten el servicio, paguen a la institución un derecho pecuniario que compense en parte el beneficio que recibe el contratista por el ejercicio de esta actividad
CRONOGRAMA: Aviso de la invitación a ofertar: Se fija en la página WEB de la Institución Educativa, con fecha 10 de enero del 2024.
RECEPCION DE PROPUESTAS: Del 10 enero al 19 enero de 2024 (días hábiles) a partir de las 8:00 a.m. a 12:00 m. en la oficina de la secretaria de la Institución Educativa ubicada en la calle 1 No 8-17 Barrio El Callejón en la Sede Principal.
FORMA DE PRESENTACION DE LA PROPUESTA: La propuesta y oferta económica se presentarán por escrito, en sobre cerrado separada de los documentos, identificado debidamente al remitente, destinatario, número de teléfono y objeto de la invitación, en la propuesta y oferta económica se hará constar el nombre del proponente y su dirección comercial.
El sobre que contiene la propuesta económica se marcará así:
INSTITUCION EDUCATIVA COLEGIO ANTONIO NARIÑO
Selección Invitación Pública- PROPUESTA ECONOMICA
Objeto: Contratar a una persona natural o jurídica para la concesión de la Tienda Escolar Sede Principal.
Nombre del proponente:
Nit:
Dirección:
Teléfono:
Fax:
E-mail Ciudad
REQUISITOS: Presentar en la portería de la Institución Educativa Colegio Antonio Nariño sobre sellado con la siguiente documentación:
- Listado de alimentos a distribuir con sus respectivos
- Hoja de vida de la persona quien oferta.
- Fotocopia de la cédula.
- Antecedentes
- Antecedentes judiciales
- Antecedentes
- Antecedentes de inhabilidades sexuales con menores de edad.
- El oferente deberá acreditar experiencia mínima de un (1) año en el manejo y administración de tiendas
- El oferente debe soportar copia del carnet de Manipulación de Alimentos.
- Rut
- Cámara de Comercio.
CONCEPTOS A TENERSE EN CUENTA:
- La tienda escolar de la Institución Educativa Colegio, no es establecimiento comercial, sino un servicio con destino a satisfacer las necesidades complementarias del personal directivo, operativo, docente y alumnos, durante la actividad
- La Tienda Escolar funcionará en las instalaciones físicas de propiedad del Municipio de Cúcuta donde funciona actualmente la E. Colegio Antonio Nariño ubicada en la calle 1 No 8-17 Barrio El Callejón, para la Sede Principal y en la calle 0 No 10-143 Barrio Pueblo Nuevo para la Sede Nuestra Señora de Lourdes.
- El adjudicatario de la Tienda Escolar debe ofrecer un servicio de buena calidad y a menor costo del comercial.
- La Rectoría del establecimiento tendrá la facultad en representación del Consejo Directivo de acceso a las instalaciones de la Tienda Escolar, con el fin de verificar los precios, la calidad de los productos y demás requisitos de manipulación, lo cual se hará en presencia del adjudicatario.
- Los horarios de atención de la tienda escolar serán dados por las directivas de la institución y exclusivamente para la venta a estudiantes, docentes y administrativos.
INHABILIDADES E INCOMPATIBILDADES PARA CONTRATAR:
- No podrán celebrar contratos con la Institución Educativa Colegio Antonio Nariño, por si o por interpuesta persona, quienes tengan inhabilidades o concurriese en ellos en alguna incompatibilidad de acuerdo a las normas legales
- No podrán celebrar contratos de concesión con la Institución Educativa Colegio Antonio Nariño, la misma persona Natural o Jurídica que tenga adjudicada otra concesión
CUOTA MENSUAL COMO CONTRAPRESTACION ECONOMICA: La Institución Educativa Colegio Antonio Nariño, facilitara las instalaciones para el manejo y prestación del servicio de la tienda escolar, en tal sentido y como contraprestación se establece un valor mínimo de DOSCIENTOS MIL PESOS ($200. 000.oo) a TRESCIENTOS MIL PESOS ($300. 000.oo) mensuales. Los proponentes deben estar dentro del rango establecido.
LIMITACIONES, PROHIBICIONES Y OBLIGACIONES:
El servicio de cafetería o tienda escolar estará sujeto a las siguientes limitaciones, prohibiciones y obligaciones:
- Almacenar y expedir bebidas embriagantes, cigarrillos, y demás sustancias prohibidas por la ley, al interior de la Comunidad Educativa.
- Ofrecer a la comunidad educativa productos como bebidas naturales y comestibles preparados que sean del día.
- Solamente se pueden vender productos a la comunidad educativa, en horas reglamentarias de actividad escolar, es decir, en los descansos, nunca durante el tiempo de actividad académica.
- Admitir estudiantes dentro del local de la Tienda.
- El adjudicatario no podrá arrendar o subarrendar la Tienda Escolar, como tampoco efectuar reformas y mejoras al local de la Tienda Escolar, salvo previa autorización escrita de la Rectoría.
- El adjudicatario no podrá utilizar las instalaciones de la Tienda Escolar para pernoctar.
- Queda totalmente prohibido la venta de chicles, en cualquiera de sus presentaciones, así como de medicamentos de todas las especies a excepción de toallas sanitarias.
- El adjudicatario debe mantener en excelentes condiciones de limpieza, la zona de la cafetería.
- Cancelar la cuota mensual convenida los primeros 5 días de cada mes.
- El arrendatario atacará la reglamentación que exija la Institución Educativa, relacionada con la venta de gaseosas y jugos.
Atentamente;
JUDITH MARGARITA VILLAVICENCIO GALINDO
Rectora
Magíster en Educación
Máster en Dirección de Centro Educativos Especialista en Pedagogía
Licenciada en Biología y Química